Se establece el registro único de partidos, movimientos políticos y agrupaciones políticas Corresponde al Consejo Nacional Electoral, CNE, llevar el registro de partidos, movimientos y agrupaciones políticas. Los respectivos representantes legales registrarán ante dicho órgano las actas de fundación, los estatutos y sus reformas, los documentos relacionados con la plataforma ideológica o programática, la designación y remoción de sus directivos, así como el registro de sus afiliados. No había claridad frente la información de identificación y registro de los afiliados de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica ni datos organizados de sus directivos. Modificaciones En la Resolución 0266 del 2019 del CNE se establece el registro único de partidos, movimientos políticos y agrupaciones políticas conforme a lo establecido en la Ley 1475 de 2011. Beneficios Dada la organización de los datos de los partidos y movimientos políticos se cuenta con información detallada de la conformación. Información inmediata para resolución de peticiones relacionadas con el tema. Para saber más Resolución 266 de 2019 CNE Resolución 4418 de 2019 CNE